Urbanismo estudia recurrir la sentencia de la dolina
http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/aragon/urbanismo-estudia-recurrir-sentencia-dolina_1126287.htmlMuñoz calificó la sentencia de "agridulce, intermedia y relativa" aunque celebró que el TSJA sostuviera que la responsabilidad "era ajena" al Ayuntamiento de Zaragoza. "La responsabilidad es parcial porque se conocía la existencia de la dolina cuando se otorgó la licencia de obra en el año 2000", explicó. A pesar de ello, el consistorio ha sido condenado por haber permitido la construcción del inmueble. Además, el concejal aseguró que en el fallo falta por reconocer algunos aspectos relevantes.
Por otro lado, el concejal de Urbanismo comunicó que si la constructora no puede hacer frente a la multa y se declara insolvente, "no se hará frente al pago con dinero público". Muñoz aseguró que el Ayuntamiento de Zaragoza está "más preocupado por los vecinos y la situación de inseguridad que han vivido" que por el resultado de la sentencia.
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) hizo pública la sentencia el pasado miércoles. En ella constaba que, a la constructora Ángel Pallas SL le condenaba a indemnizar con 3.000 euros por daño moral a los afectados de la comunidad de propietarios del edificio de la avenida de la Estrella 1-3 del barrio zaragozano de Valdefierro afectado por una dolina.
Además, declaraba la responsabilidad del Ayuntamiento de Zaragoza en el abono del 20% de los perjuicios soportados por los demandantes. Por su parte, la constructora deberá hacer frente al pago del 80% de los perjuicios de los demandantes y de forma solidaria con ayuda del consistorio.
La sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal aragonés estimaba así parcialmente el recurso presentado por el consistorio zaragozano, las aseguradoras Zurich España y Asemas y desestimaba el presentado por la constructora.
La comunidad de propietarios deberá ser indemnizada en los costes en los que se haya incurrido hasta el momento para la reparación estructural del edificio y hayan sido abonados por la misma.
Cada titular deberá ser indemnizado con la cantidad que se fije en relación a cada vivienda y anejos y que deberá coincidir con la del precio que hoy tendrían en el mercado y con 3.000 euros en concepto de daño moral.
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