Palazón presentó anteayer un recurso de aclaración sobre algunos "conceptos oscuros" que aprecia en la sentencia. El principal, por la repercusión económica, es el mismo establecimiento de este porcentaje.
Por un lado, expone el letrado, la ley que regula la jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo (LICA) recoge que los tribunales juzgarán los asuntos "dentro del límite de las pretensiones formuladas por las partes". Y nadie, recuerda, pidió establecer un porcentaje de responsabilidad. El ayuntamiento lo que pidió es no tener ninguna, en el motivo que parcialmente se le admite.
De hecho, la sentencia de primera instancia --del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Zaragoza-- recogía expresamente que "al no haber planteado ninguna de las partes (...) concreción de cuotas entre los responsables que pudieran resultar condenados", la jueza tuvo que declarar la responsabilidad solidaria (donde no llega uno, llega el otro) de los condenados.
SIN FÓRMULA Por ello, expone el letrado, no se entiende que el TSJA fijara una limitación de responsabilidad del 20%, un porcentaje "cuyo origen esta parte no ha podido encontrar en ninguna fuente del Derecho, disposición normativa o criterio jurisprudencial y que no había sido interesada" por nadie.
La única justificacion recogida en el fallo es que "se reputa ajustado a las distintas intervenciones", dado que concluyeron que el consistorio obró mal al modificar el PGOU y permitir construir en una zona con una conocida dolina, pero no hizo el edificio. Por todo ello Palazón pide aclarar este porcentaje.
El recurso de aclaración, que de no prosperar dejaría como única salida el amparo ante el Constitucional, incluye otros motivos como el hecho de que primero se hable de que se desestiman todos los motivos de recurso municipales y luego de que se estima parcialmente uno de ellos. O que fuera dictada siete días después de haber rechazado admitir algún informe.
No hay comentarios:
Publicar un comentario